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Atentado a CFK: La cámara federal rechazó apartar a la jueza María Eugenia Capuchetti

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El juez de la cámara federal Leopoldo Bruglia rechazó un nuevo planteo de recusación contra la jueza María Eugenia Capuchetti efectuado por los abogados José Ubeira y Marcos Aldazabal, en su carácter de apoderados de la querellante Cristina Fernández de Kirchner.

Además, el magistrado hizo una nueva advertencia al letrado José Ubeira, "por la abusiva utilización de términos objetivamente ofensivos y agraviantes hacia un magistrado que, al resultar opiniones carentes de efecto jurídico alguno, revelan un innecesario exceso en el rol de su ministerio".

Por esta razón, decidió poner en conocimiento de los hechos al Colegio Público de Abogados, así como a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Nación y ordenó enviar oficios pertinentes.

En esta nueva presentación, la querella sostuvo que los hechos que darían lugar al apartamiento demostrarían un interés de la magistrada en el resultado del proceso y, en el mismo marco, ausencia de imparcialidad de su parte. Esto se motivó en "actividades incompatibles" relacionadas con una tarea rentada que llevaría a cabo la jueza en el Instituto Superior de Seguridad Pública (ISSP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 2014.

Los abogados alegaron que la magistrada estaría cobrando un sueldo por parte de un organismo que debería ser investigado en estas actuaciones, lo que demostraría un interés en el proceso. Además, afirmaron que su participación académica o investigativa en dicho instituto tendría como objetivo brindar apoyo "a la conducción política del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Asimismo, se efectuaron acusaciones a las autoridades del Ministerio de Seguridad de CABA, remarcando que este organismo tiene a su cargo a la policía de la Ciudad, que debería haber sido investigada en estas actuaciones. Además, se desarrolló una serie de manifestaciones hipotéticas relacionadas con la labor que desempeña la magistrada en el ISSP. Se adujeron, entre otras cosas, que no sólo se trata de tareas incompatibles con su función, sino también de "un vínculo que solo se explica como una contraprestación para tener llegada al juzgado a su cargo".

Para el camarista Bruglia, "no se observa de manera concreta, y tampoco la parte ha logrado demostrar, que la actividad académica enunciada pueda determinar un interés en el resultado de este proceso por parte de la Dra. Capuchetti y/o provocar un temor de parcialidad que amerite su apartamiento".

Además, sostuvo que el "ejercicio de la docencia o la participación en trabajos de investigación, como los descriptos, en principio, no se encuentran vedados para los magistrados. Y en caso de verificarse alguna falencia administrativa y/o irregularidades en el contexto de posibles incompatibilidades genéricas, su tratamiento resulta extraño al instituto invocado y debería ser canalizado por otras vías administrativas específicas".

Al rechazar la recusación, el camarista también refirió que las críticas efectuadas por posibles omisiones en la investigación, en tanto exceden el marco de esta incidencia, "no serán tratadas en esta instancia. Hallándose habilitada, en caso que se estime pertinente, su debido planteo a través de las herramientas procesales especialmente legisladas para dar respuesta a dichos reclamos".

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