Rosario aprobó una ordenanza de Ficha Limpia para funcionarios municipales

GeneralJulio DecimaJulio Decima
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Los condenados por delitos contra la administración pública no podrán ser secretarios, subsecretarios, ni directores de la Municipalidad de Rosario.

El Concejo Municipal de Rosario aprobó una ordenanza de Ficha Limpia, que prohíbe asumir como secretario, subsecretario o director de Distrito a toda persona que se encuentre con sentencia firme en delitos contra la administración pública de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, exacciones ilegales, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, encubrimiento y fraude en perjuicio de la administración pública o se encuentre con sentencia firme por los delitos contra el orden económico y financiero.
 
La prohibición también será aplicable para los aspirantes a funcionarios que se encuentre con sentencia firme en causas relacionadas a delitos contra el orden económico y financiero; delitos contra la integridad sexual y contra la libertad, establecidos dentro del Código Penal.

 Se trata de una iniciativa del concejal Carlos Cardozo (PRO), que complementa a la ley provincial de Ficha Limpia aprobada en 2022 y que establece estas restricciones para posibles candidatos a cargos de intendente y concejales.

“Esta ordenanza es un complemento de la ley provincial que se aprobó en el 2022, iniciativa de la diputada provincial Ximena Sola y el movimiento ciudadano de Ficha Limpia, que lo impulsa en todo el país. Esta ampliación alcanza a todos los miembros políticos del gabinete que designe el intendente, secretario, subsecretario y directores de centros municipales de distrito”, detalló el concejal Cardozo.

Ficha Limpia Santa Fe rige desde 2022 a nivel provincial
En noviembre de 2022, la Cámara de Diputados de la Provincia le dio sanción definitiva a la ley conocida como Ficha Limpia Santa Fe, que modificó el Sistema Electoral para que “se impida a aquellas personas condenadas por corrupción y otros delitos de carácter doloso, ser precandidato a cargos electivos o partidarios”.

 La iniciativa modificó un artículo de la ley electoral y la ley orgánica de los partidos políticos. Desde entonces se estableció que quienes tengan condena en segunda instancia por la comisión de determinados delitos queden inhabilitados para ocupar esos cargos durante 10 años. Los delitos que se contemplan son: corrupción, abuso sexual, contra la libertad, violencia de género y deudores alimentarios morosos.

 El pasado jueves, la Cámara de Senadores de Santa Fe aprobó y le dio media sanción este jueves al proyecto que busca que condenados por delitos de microtráfico o tenencia de estupefacientes no puedan ser precandidatos a cargos públicos.

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