Bienvenidos a RosarioNet

Oficializan ampliación de los créditos Anses: cuáles son las condiciones para cobrarlo

General ANSES
anses

La Administración Nacional para la Seguridad Social (Anses) amplió las líneas de crédito vigentes de hasta $600.000 para titulares de jubilaciones, pensiones, titulares de Pensiones No Contributivas y Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Según indicó la Resolución 212/2023 de Boletín Oficial, se aprobó el aumento de los montos máximos de créditos otorgados en el marco del programa "CRÉDITOS ANSES" para las líneas destinadas a los beneficiarios y beneficiarias del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a $600.000 (desde los anteriores $400.000), y para los créditos correspondientes a Pensiones No Contributivas (PNC) y Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) a $250.000 (desde los $150.000).

“Los montos estimados a afrontar para el financiamiento del programa son acordes al flujo de fondos y a las capacidades de administración de liquidez del FGS (Fondo de Garantía de Sustentabilidad)”, aclara la comunicación.

Créditos Anses: las condiciones para cobrarlo
La tasa subsidiada es del 29% para jubilados y pensionados que pidan un crédito de hasta $600.000.

Los créditos otorgados se efectivizarán por transferencia bancaria en la cuenta donde los titulares perciban las prestaciones liquidadadas de Anses.

Amortización: la amortización del crédito se efectivizará mediante el pago de cuotas mnesuales y consecutivas que se debitarán en forma directa. Las cuotas incluyen pago de capital, intereses y gastos operativos

Límites de afectación del haber: el haber previsional solo podrá ser afectado hasta un 30% para beneficiarios del SIPA y de un 20% para beneficiarios de PNC, PUAM, AUH y SUAF.

Seguro de vida: Anses contratará un seguro de vida colectivo sobre el saldo deudor del préstamo. El solicitante deberá asumir el pago de las primas de la póliza de seguro.

Refinanciación: Anses podrá otorgar refinanciaciones sobre saldos adeudados, que serán deducidos de las prestaciones presentes o futuras que perciba el titular, siempre que la liquidación o pago de la prestación estén bajo Anses.

Cancelación anticipada: el crédito podrá ser cancelado anticipadamente a partir de su acreditación en la cuenta bancaria del titular.

Irrevocabilidad de la Solicitud de Préstamo. La solicitud del préstamo no puede ser revocada una vez que fue presentada ante la Anses para su aceptación.

Mora: la mora se producirá en forma automática por el solo vencimiento de los plazos sin necesidad de intimación o requerimiento judicial o extrajudicial ni comunicación previa alguna. Sobre cualquier deuda vencida e impaga del crédito, la Anses podrá cobrar intereses moratorios, adicionales a los intereses compensatorios, a una tasa equivalente al 50% (cincuenta por ciento) de los compensatorios.

Cesión de titularidad del Beneficio: los tomadores de créditos no podrán ceder la titularidad o el cobro de la prestación hasta la cancelación del crédito.

Te puede interesar
Lo más visto

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email

RosarioNet

Bienvenidos a RosarioNet